Documento para ventas de bienes y servicios al exterior
La Factura de Exportación documenta las ventas de bienes o servicios hacia el exterior. Tiene campos que ningún otro DTE lleva —régimen aduanero, recinto fiscal, incoterm, país de destino— y su tratamiento del IVA es distinto: la exportación va con tasa cero, lo que no significa que el tributo no se declare.
Una empresa salvadoreña que le factura consultoría a un cliente en otro país, o que exporta mercadería a un comprador extranjero.
Si el prospecto vende fuera de El Salvador, esta función no es un extra: sin ella el sistema no le sirve.
Lleva tributo declarado con tasa cero. Que la tasa sea cero no vuelve omitible el campo: el documento tiene que decir cuál tributo aplica, no solo cuánto se cobró. Omitirlo es motivo de rechazo.
Los campos aduaneros —régimen y recinto fiscal— no aplican y van vacíos. Rellenarlos con un código cualquiera registra ante Hacienda una salida por una aduana que nunca ocurrió, y eso no da ningún error: el documento se acepta igual.
Los de identificación del comprador extranjero y las condiciones de la operación, además de los campos propios del régimen de exportación que corresponda.
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